LA INJUSTICIA DE LA PLUSVALIA

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LA INJUSTICIA DE LA PLUSVALIA

 

En las últimas semanas hemos recibido multitud de consultas de clientes, que han oído en las noticias, hablar de la devolución del pago de la plusvalía municipal respecto a las ventas de inmuebles cuando no se ha obtenido ganancia o incluso cuando se ha producido pérdidas.

Sobre esta cuestión, hay que decir que en los últimos años numerosos tribunales se han pronunciado sobre la no obligación del pago de la plusvalía cuando no existe una ganancia, es decir cuando al vender una vivienda se genera una pérdida para el vendedor, encontrándonos con que el Tribunal Constitucional en febrero de 2017 declaró el impuesto de plusvalía inconstitucional, en base a que este impuesto grava la riqueza creada con la venta de un inmueble

Pues bien si usted, ha vendido una vivienda en los últimos 4 años, es decir con posterioridad a 2013, por un precio inferior al de adquisición y ha pagado el impuesto de plusvalía municipal, se puede recuperar ese impuesto indebidamente pagado por ventas, donaciones, herencias y otras transmisiones.

Desde DIAZ-OBREGON SAINZ ABOGADOS, le ayudaremos a recuperar el dinero cobrado por el ayuntamiento de manera indebida, no dude en contactar con nosotros y le informaremos y asesoraremos para reclamar la plusvalía.

Autor del Articulo.- María Fernández Ganzo.

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